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Extradición a Jordania: Salvaguardias contra el Trabajo Forzado

Un Caso Judicial Analizado por la Corte Suprema de Casación

En el contexto de la interpretación del Artículo 705 del Código de Procedimiento Penal italiano, la Corte Suprema de Casación examinó un caso de extradición a Jordania, emitiendo un fallo (Sección VI n. 24348_2023) que merece atención.

Resumen del Caso

La defensa presentó una apelación contra una sentencia del Tribunal de Apelación de Milán que concedió la solicitud de extradición presentada por el gobierno jordano contra el apelante. El apelante estaba sujeto a una orden de arresto internacional por una condena de tres años de trabajos forzados, declarado culpable de tráfico de personas según la ley jordana contra la trata de personas.

Fundamentos de la Apelación

La apelación se basó en dos argumentos principales:

  1. Violación de Principios Fundamentales: Se cuestionó la naturaleza del castigo que el apelante tendría que sufrir en Jordania, destacando su inconsistencia con los sistemas legales nacionales e internacionales, en particular el Artículo 4, párrafo 2 del Convenio Europeo de Derechos Humanos, que prohíbe el trabajo forzado. También se enfatizó la precaria condición de salud del apelante, incompatible con las condiciones de prisión jordanas.
  2. Riesgo para la Vida del Apelante: Se planteó el riesgo de muerte para el apelante en caso de extradición, citando amenazas recibidas de la etnia sunita, mayoritaria en Jordania, debido a la pertenencia del apelante a un grupo étnico y religioso minoritario.

Decisión de la Corte de Casación

La Corte de Casación confirmó el primer argumento de la apelación, anulando la sentencia y devolviendo el caso al Tribunal de Apelación de Milán para su reconsideración. Sin embargo, rechazó el segundo argumento, argumentando que el riesgo de actos discriminatorios o persecutorios por sí solo no es suficiente para negar la extradición.

Más Detalles sobre el Aspecto del Trabajo Forzado

Al evaluar la naturaleza del trabajo forzado según la legislación jordana, se señaló que el Tribunal Territorial consideraba aceptable el trabajo durante la detención, de acuerdo con el Convenio Europeo de Derechos Humanos. Sin embargo, se enfatizó que dicho trabajo debe ser compatible con los derechos fundamentales del individuo y orientado a la reeducación y reintegración social del condenado.

Conclusiones y Próximos Pasos

La anulación de la sentencia apelada brinda al Tribunal de Apelación de Milán la oportunidad de reconsiderar el caso, especialmente en lo que respecta a la naturaleza del trabajo forzado prescrito para el apelante. Las evaluaciones futuras deben considerar cuidadosamente estos aspectos, asegurando la plena protección de los derechos fundamentales del extraditado.